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Acciones de sociedades anónimas panameñas

Acciones de sociedades anónimas panameñas
Archivo de publicaciones de BCCA

Este texto conserva su fecha original. Las referencias normativas y las condiciones descritas corresponden a su contexto de publicación. Para evaluar su situación actual, consulte con la firma.

Revisión editorial del 7 de septiembre de 2026: se corrigieron referencias desactualizadas. Se conserva la fecha de publicación original.

Las acciones representan una participación en una sociedad anónima. Sus derechos, mecanismos de transmisión y documentación deben revisarse junto con el pacto social y la legislación aplicable.

Acciones nominativas y al portador

Panamá adoptó un régimen de custodia de acciones al portador mediante la Ley 47 de 2013, modificada por la Ley 18 de 2015. Por tanto, la referencia de la versión original a este régimen como una propuesta futura quedó desactualizada.

Documentación corporativa

Al organizar una sociedad, sus accionistas y asesores deben revisar la estructura accionaria, los registros corporativos y las exigencias de custodia aplicables. El capital social requiere una evaluación de la estructura concreta; el monto citado en el artículo original no debe interpretarse como un mínimo legal universal.

Propiedad y cumplimiento

La forma de una acción no elimina la necesidad de revisar las obligaciones de identificación y debida diligencia. Los registros claros permiten documentar la propiedad, los cambios de participación y las decisiones de la sociedad.

Para asistencia con una estructura corporativa, conozca los servicios de sociedades anónimas de BCCA.

Referencia: Superintendencia de Bancos: circular sobre la Ley 47 de 2013, modificada por la Ley 18 de 2015.